El artículo 31.3 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre de 2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.(BOE-A-2015-10565), de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, establece: "La sede electrónica del registro de cada Administración Pública u Organismo, determinará, atendiendo al ámbito territorial en el que ejerce sus competencias el titular de aquélla y al calendario previsto en el artículo 30.7, los días que se considerarán inhábiles a los efectos previstos en este artículo. Este será el único calendario de días inhábiles que se aplicará a efectos del cómputo de plazos en los registros electrónicos, sin que resulte de aplicación a los mismos lo dispuesto en el artículo 30.6".
En cumplimiento de lo establecido en este artículo se consideran inhábiles para el año 2023 a efectos de los procedimientos y trámites relativos al Registro electrónico, todos los sábados y domingos del año, y los siguientes días:
Fiestas nacionales:
6 de Enero Epifania del Señor
7 de Abril Viernes Santo
10 de Abril Lunes de Pascua
1 de Mayo Día del Trabajo
24 de Junio San Juan
15 de Agosto Ascensión de la Virgen
9 de Octubre Día de la Comunitat Valenciana
12 de Octubre Fiesta Nacional de España
1 de noviembre Fiesta de Todos los Santos
6 de diciembre Día de la Constitución
8 de Diciembre Día de la Inmaculada Concepción
25 de Diciembre Natividad del Señor
Fiestas locales:
3 de Febrero Festividad de San Blas
8 de Septiembre Festividad de la Virgen de la Misericordia