El Ayuntamiento de Burriana permitirá, con carácter excepcional y temporal, a los establecimientos con actividad de hostelería, sujetos a la normativa de espectáculos, la ampliación de la superficie que tienen autorizada de terrazas para la instalación de mesas, sillas y otros elementos auxiliares. El equipo de gobierno municipal dará cuenta al Pleno, previsto para mañana, de la resolución para su ratificación.
Según ha adelantado la alcaldesa de Borriana, Maria Josep Safont, el decreto de alcaldía, ya firmado, supone poder ampliar la superficie destinada a la terraza para poder, a su vez, incrementar el número de mesas previsto en la norma “respetando, en todo caso, la proporción del 50% en esta fase del Plan de transición, entre mesas y superficie disponible”.
La alcaldesa ha manifestado que el objetivo de esta iniciativa municipal es “facilitar y fomentar la pronta apertura de las actividades de hostelería en nuestro municipio, intentando paliar, en la medida de lo posible, la difícil situación económica que viene provocando la situación de crisis sanitaria en la que nos encontramos”.
Características
El procedimiento establece que la autorización municipal no se aplicará a los locales que no cuenten con autorización municipal previa para la instalación de terrazas y no se sobrepasará, ampliación incluida, en superficie, aforo o número de mesas y sillas, el límite que señale la norma correspondiente reguladora de la actividad en cada Fase de transición de la desescalada respecto a las que se tienen autorizadas.
La resolución, también estipula que la autorización municipal se otorga siempre bajo el principio y la exigencia de “responsabilidad y colaboración por parte de los titulares y usuarios de las mismas”, y que .se trata de una autorización “tácita y en precario que no generará ningún derecho de permanencia o mantenimiento para el futuro”, ha indicado Safont.
Con carácter general, ha precisado la alcaldesa, “no se permitirá la ampliación que afecte a la entrada o acceso a edificios, viviendas, comercios y vados, salvo que el titular de la actividad esté en posesión de autorización expresa y por escrito por parte de sus propietarios”. En cualquier caso tendrá que haber un espacio de paso mínimo de 2m para facilitar la entrada y salida a los portales o comercios y para el paso de viandantes.
Tampoco podrán instalarse cerramientos u otras instalaciones desmontables de ningún tipo, que puedan constituir espacios cerrados, ni ninguna otra clase de elemento como máquinas, accesorios, juegos, expositores, vitrinas... solo se permite la ampliación con mesas, sillas y sombrillas y, en su caso, con aquellos elementos necesarios para delimitar el espacio ocupado (vallas, etc.).
Respecto a los horarios, ha concretado que no se autoriza ampliación de horarios en terraza, “sea cual sea la actividad de que se trate, se ajustarán a la apertura a las 6h y cierre a la 1.30h, que es el horario regulado por la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, para espectáculos públicos, actividades recreativas, actividades socioculturales y establecimientos públicos, para el año 2020”.
Se evitará realizar la ampliación mediante la ocupación de plazas de aparcamiento o en aceras próximas no colindantes con la autorizada por ejemplo, enfrente. En el caso de que esta sea la única posibilidad para llevarla a cabo el Ayuntamiento estudiará individualmente cada caso.
Cómo solicitarlo
Para la obtención de la autorización de ampliación se formulará una declaración responsable, según modelo municipal, por vía electrónica a través de la sede electrónica de la web del Ayuntamiento: https://burriana.sedelectronica.es/info.0
A dicha declaración responsable se acompañará el plano o croquis de la ampliación de la instalación de terraza que en el modelo citado se requiere, suficientemente detallado y que contemple expresamente las medidas de los distintos elementos que componen la instalación y las distancias entre ellos, así como la resultante para el paso de peatones y para el acceso a edificios, viviendas y/o comercios a los que pueda afectar la ampliación.
Cumplimiento
La Policía Local y el resto de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado velarán por el cumplimiento de estas condiciones y podrá ordenar, en cualquier momento, la retirada o modificación de los elementos de la instalación que, a su juicio, estén incumpliendo u ocasionando situaciones de riesgo para la seguridad, salubridad, limpieza e higiene de personas y bienes.
Sus órdenes y recomendaciones serán ejecutivas y su incumplimiento podrá derivar en un expediente sancionador, por instalación de terrazas sin autorización, o por cualquiera de las demás infracciones previstas en la vigente ‘Ordenanza municipal reguladora de la ocupación del dominio público con mesas, sillas y otros elementos auxiliares’.