En el marco de las actuaciones extraordinarias con motivo de la epidemia ocasionada por el COVID-19, y como continuación de lo establecido en el Decreto 4/2020, de 10 de marzo, se remiten las siguientes recomendaciones a aplicar por los Ayuntamientos de la Comunitat Valenciana para prevenir las consecuencias de esta epidemia. La epidemia ocasionada por el COVID-19 plantea graves problemas por la elevada demanda de medios sanitarios que supone.
Por otro lado, el efecto que tiene sobre la población, no solo en términos de la propia enfermedad sino también de la alarma social que pueden desencadenar efectos concatenados y llegar a limitar el funcionamiento de las actividades económicas y empresariales de las zonas donde se producen. Por lo tanto, además de los efectos sobre la salud que provocan, hay que considerar todos aquellos problemas que se pueden derivar de la reacción de la población ante la situación de riesgo, por otro lado lógica y entendible y también el impacto sobre ciertas actividades económicas, sociales y los servicios básicos, por causa de una incidencia elevada de la enfermedad en los y las trabajadoras y trabajadores.
En este sentido, desde la perspectiva de la gestión de la crisis se hacen necesarias actuaciones orientadas a disminuir la propagación de la enfermedad y a evitar la alarma social a través de una transmisión de información clara y actualizada sobre la situación y su actualización constante en el tiempo. Aun así, dadas las características sanitarias de este tipo de situaciones, las actuaciones tienen que ser realizadas en estrecha coordinación con las definidas por las autoridades competentes en Salud Pública (OMS, Ministerio y Conselleria de Sanidad) que son quienes lideran la estrategia general.
VULNERABILIDAD: GRUPOS DE POBLACIÓN DE RIESGO Teniendo en cuenta la vulnerabilidad de la población y la transmisibilidad del patógeno, se tienen que definir los grupos de riesgo y de más transmisibilidad de acuerdo con las instrucciones de las autoridades sanitarias. VULNERABILIDAD DE LOS SERVICIOS: Ante una elevada tasa de afectación, es previsible un absentismo laboral por enfemedad, aislamiento, contención o para cuidar a familiares enfermos, causado por ello una afección real en la población y posiblemente incrementado por una cierta alarma social. Todo esto hará disminuir la productividad de las empresas, y habrá que asegurar los servicios imprescindibles para el funcionamiento de la sociedad para minimizar los efectos de la emergencia y para evitar la paralización de la sociedad.
Se distinguen, a nivel operativo, tres tipologías de servicios imprescindibles para el funcionamiento de la sociedad:
1. Servicios de salud, seguridad y emergencias: Servicios sanitarios, Servicios de seguridad ciudadana, Servicios de prevención, extinción de incendios y Salvamento, Servicios de Protección Civil y logísticos.
2. Suministros básicos y saneamiento: producción, transporte y distribución de agua, gas, electricidad, recursos energéticos (combustibles), alimentos de primera necesidad y medicamentos. Incluye también la recogida y tratamiento de residuos urbanos y de aguas residuales. de aguas residuales
3. Otros servicios imprescindibles para el funcionamiento de la sociedad: Transporte, Servicio portuario y aeroportuario, Finanzas, Comunicaciones, Comercio, Turismo, Administración pública y servicios de atención al ciudadano, Educación, Servicios Judiciales, Servicios Funerarios Para todos estos servicios los organismos responsables ya sean de ámbito público o privado deben establecer un plan de contingencia con las medidas necesarias para garantizar su funcionamiento, al menos en situación de "servicios mínimos".
PLANES DE CONTINGENCIA MUNICIPALES Las actuaciones de un municipio ante esta emergencia se desarrollarán en el marco de su Plan de Contingencia Municipal. RESPONSABILIDADES DE LOS AYUNTAMIENTOS: Las responsabilidades del Ayuntamiento, para mitigar las consecuencias de esta emergencia son:
Determinar los elementos especialmente vulnerables.
Conocer los medios y recursos del municipio.
Estudiar la situación en la cual se encuentran los servicios imprescindibles para el funcionamiento del municipio así como el estado de prestación de los suministros básicos y otros servicios imprescindibles
Informar la población en general.
Organizar y movilizar los Servicios Municipales así como el Voluntariado.
Organizar la logística, a nivel municipal que pueda ser necesaria en el transcurso de la emergencia.
Reforzar los servicios sociales de atención a colectivos de población especialmente vulnerable
Requerir a entidades privadas y particulares la prestación de colaboración si ello es necesario. En función de la evolución de la situación en el municipio, éste podrá activar el Plan Territorial de Emergencia municipal, con la constitución del CECOPAL, comunicando dicha activación al CCE Generalitat.
3 LA AUTOPROTECCIÓN EN EL SECTOR DE SERVICIOS BÁSICOS: Resulta imprescindible que las empresas de suministros básicos y de saneamiento, y las de servicios imprescindibles para el funcionamiento de la sociedad prevean las medidas necesarias para mantener el funcionamiento de sus instalaciones en el supuesto que la emergencia asociada a la enfermedad sea de dimensiones tal que implique la imposibilidad de trabajar de gran parte del personal de la misma. Estas medidas tienen que orientarse en las siguientes direcciones:
Aplicar las medidas de autoprotección recomendadas por las autoridades sanitarias para minimizar el contagio del agente causante de la enfermedad.
Elaborar procedimientos telemáticos de trabajo, en los casos en qué sea posible por el tipo de trabajo y por el grado de afectación de los trabajadores.
En los casos en que no sea posible el teletrabajo, elaborar protocolos que garanticen una rápida sustitución del personal afectado por personal con una formación adecuada por las funciones a realizar.
Se adjunta a esta circular una recomendación en materia de autoprotección a adoptar en los establecimientos relacionados con la prestación de Servicios Básicos / Imprescindibles para el funcionamiento de la comunidad. Por último y en lo referente a aquellos centros de cuidado, reunión o esparcimiento de personas pertenecientes a los grupos de riesgo, se deberán seguir las recomendaciones que se están dictando por las Autoridades Sanitarias y las de Bienestar Social y en cualquier caso, se deberán adoptar las medidas de autoprotección que se acompañan en el anexo, prestando especial atención a aquellas de carácter higiénico y aquellas de limitación de actividades y control de accesos.
4 Medidas preventivas a nivel laboral para el personal y centros de trabajo de los Servicios Esenciales (11/marzo/2020) Debido a la epidemia sanitaria relacionada con el COVID-19, desde la AVSRE, siguiendo las recomendaciones de la Conselleria de Sanidad, se está trabajando en las medidas técnicas y operativas para atender demandas extra derivadas de este episodio, así como garantizar la continuidad de la prestación de los servicios a la ciudadanía. Se trasladan las siguientes recomendaciones a implantar en sus servicios y centros de trabajo. Conforme a lo anterior, y con carácter inmediato, se recomiendan las siguientes medidas individuales y colectivas:
1. Reducción de visitas y reuniones con personal externo a las absolutamente imprescindibles y necesarias para garantizar el funcionamiento del Centro de Trabajo.
2. Suspensión de:
Visitas divulgativas
Impartición / recepción de cursos
Cesiones de lugar de reunión a otras organizaciones
3. Proceder a la declaración de "zonas sensibles". En estas zonas confluye proximidad y presencia de más personas de lo habitual, siendo preciso en ellas: acceder en condiciones de higiene individual y reforzar la frecuencia de su limpieza y desinfección. Estas zonas deben ser conocidas por la totalidad del personal para adoptar las medidas de higiene individual necesaria:
Salas 24 horas (y salas extraordinarias que se activen al efecto)
Salas de descanso Aseos Salas de reunión 4. Higiene individual
Evitar el estrechamiento de manos en los saludos de cortesía.
Lavado regular de manos.
Evitar tocarse ojos, nariz o boca si no hay lavado previo y adecuado de las manos.
Control de la tos: En caso de acceso de tos, toser sobre pañuelo, codo o manga.
No compartir bebidas ni alimentos ni menaje común. Utilización de menaje personal o desechable.
En el caso de compartir ordenadores y teclados, se aplicarán las medidas de lavado de manos antes y después de iniciar el turno.
5. En caso de presencia de síntomas avisar al responsable inmediato,
En el caso de estar en el puesto de trabajo, salir del mismo siguiendo indicaciones.
En el caso de estar fuera del puesto de trabajo: contactar con Sanidad a través del 900.300.555 y avisar al responsable de su organización.
6. Higiene colectiva:
proceder a la ventilación de todas las dependencias 2 ó 3 veces al día.
Limpiar las superficies de baños y cocinas con legía en dilución.
Limpiar los platos y vasos en el lavavajillas con temperatura superiores a 60ºC
7. Accesos: restringir el acceso al personal no absolutamente necesario a las Salas y zonas 24 horas.
8. Acceso al puesto de trabajo al comienzo de la jornada laboral: adoptar previamente a la incorporación diaria al centro de trabajo, o después de una salida del mismo, las medidas mencionadas de higiene individual para evitar riesgos en el grupo de trabajo. En particular el lavado minucioso de manos.
9. Acorde con todas estas medidas, deberán extremarse las medidas en materia de seguridad y limpieza de las instalaciones. Es importante el mantenimiento y la vigilancia de esta serie de medidas de autoprotección. Estas medidas tienen carácter recomendatorio y son complementarias y subsidiarias a las que defina cada establecimiento, a través de su Servicio de Prevención de Riesgos Laborales.